El Senado aprobó las reformas al artículo 19 constitucional en el cual se amplia el catálogo de delitos graves que tendrán prisión preventiva oficiosa. son corrupción, en materia electoral, de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos. También incluye los delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, tal como propuso en campaña, Andrés Manuel López Obrador.
Durante la sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el morenista, Eduardo Ramírez Aguilar, el Senado incorporó, a propuesta de PRI, del PAN y de Morena, la prisión preventiva oficiosa en los casos de abuso y violencia sexual contra menores, robo de transporte en cualquier de sus modalidades.
“En sesión extraordinaria, las comisiones unidas de Puntos Constituciones y de Estudios Legislativos Segunda aprobaron la reforma al artículo 19 constitucional en materia de presión preventiva. “
— Senado de México
Reformas al artículo 19 Las reformas al artículo 19 incluyen un catálogo de prisión preventiva oficiosa en los siguientes casos.
1. Violencia sexual contra menores.
2. Delincuencia organizada.
3. Homicidio doloso.
4. Violación.
5. Secuestro.
6. Trata de personas.
7. Uso de programas sociales con fines electorales. 8. Robo de transporte de carga. 9. Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.
10. Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
11. Delitos graves en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
12. Respecto de los delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, y hechos de corrupción, procederá en las hipótesis delictivas cuya media aritmética exceda de cinco años de prisión, incluidas sus calificativas, atenuantes o agravantes.