Todos los jueces federales del país estarán obligados a otorgar amparos para el uso recreativo de marihuana a partir del 25 de febrero de 2019.
El pasado 22 de febrero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó 8 jurisprudencias que reconocen el derecho al libre desarrollo de la personalidad con libertad de conciencia, expresión y derecho a la salud en esta materia.
Dichos argumentos sirvieron para otorgar amparos que permiten portar, poseer y consumir cannabis.
5 tesis se publicaron después de que en octubre de 2018 se reunieran los juicios de amparo necesarios contra cinco artículos de la Ley General de la Salud que penan el consumo de dicha sustancia.
Ese mismo mes, al entregarse el quinto amparo exigido para que se emitiera la jurisprudencia que permitiera el uso lúdico de marihuana, con la aprobación necesaria de cada una de las tesis respectivas por parte de la Primera Sala .
La corte informó el 13 de febrero de 2019 a la Cámara de Diputados como al senado la aprobación de las tesis, con esto inició el lapso de 90 días naturales para una legislación. En caso contrario, el pleno de ministros decidirá sobre la declaratoria general de inconstitucionalidad