Universidad de Ciencias Jurídicas
Desde la concepción de la conciencia humana, se concibe también al libre albedrío, y con ello, al sentido de justicia.
A partir de entonces, ante la necesidad de cohabitar en tribus sociales, surgen diferencias entre los integrantes de esos grupos, ocasionando con ello, alteración de la paz.
Los ancianos de tribu, quienes eran considerados sabios consejeros, hacían valer el orden para una sana convivencia entre sus integrantes, considerándose así como impartidores de la justicia.
Ante la repetición de determinadas conductas del grupo, surge la necesidad de codificarlas para establecer sus sanciones, lo que permite documentarlas para dar registro no solo a la reincidencia, sino incluso agravación de las sanciones en determinados casos.
Como toda actividad humana, en la impartición de la justicia se incurría en faltas o abusos, lo que trajo la necesidad de interventores que, en vía de alegatos hacían valer esos errores para la obtención de resoluciones más justas para los infractores.
Ante la distinta naturaleza de las faltas en las que se incurría, se hace necesario entonces clasificarlas, para diversificar la aplicación de las sanciones.
El inicio de lo que hoy conocemos como la profesión de la abogacía, es decir, la actividad de quien se dedica a interceder por otro ante el foro romano, se le denominaba “Patrono” y es en esta institución donde se origina la función del abogado, para posteriormente ser cambiada la palabra por “advocati”, o “causidici”, cuando la defensa ante la justicia se convierte en una verdadera profesión.
Al principio esta práctica era gratuita y significaba un honor, posteriormente cuando se autorizaron las contraprestaciones, debía celebrarse un contrato llamado “locatio conductis operis” o sea un arrendamiento de servicios.
Otro tipo de abogados eran los que realizaban funciones notariales, que al principio fueron atribuidas a diferentes oficiales públicos y privados, destacando los escribas, el notarri, el tabullarius y el tabellio, recibiendo los nombres también de cursor, amanuensiis, cognitor, acturarius, aceptor, logofraphis, numerarius, entre otros.
Pero el verdadero antecedente de estos abogados que actuaban como notarios fueron los tabullarius y el tabellio.
Otros personajes que no se consideraban abogados, pero que sí manejaban el fino instrumental del derecho, eran los Jurisconsultos, cuya labor consistía en dictaminar, redactar contratos para evitar pleitos futuros, escribir obras de derecho y enseñar esta materia a la generación joven. “Tal vez pisaría el suelo de las oficinas jurídicas para asesorar a los magistrados, pero no se rebajaría fácilmente a asesorar a algún particular”
Lo cierto es que, para la construcción de una sociedad en paz, se requiere la existencia de leyes que regulen los derechos y obligaciones de los ciudadanos, aunque, para hacer eficaz esa paz, se hace necesaria la aplicación de la ley sin distingos, evitando impunidad.
El rol del abogado en sociedad tiende a cumplir con un “deber ser”, la aplicación estricta de la Ley en busca de la justicia; sin embargo, en muchos casos, con el transcurso del tiempo, esa función se ha corrompido.
En la actualidad, el abogado busca más su beneficio personal que una verdadera impartición de justicia tendiente a la consolidación de la paz social.
Lo anterior, solo logra entenderse al realizarse una reflexión en la que necesariamente se analicen algunos factores de la sociedad en la que vivimos:
a). – ¿Qué clase de seguridad pública tenemos en nuestro país?
b). – ¿Cuáles son los perfiles y méritos de los que gobiernan nuestra nación?
c). – ¿Cuál es el rol de los abogados en las distintas áreas del derecho?
d). – ¿Realmente hay confianza en el país?
e). – ¿Nuestros hijos están creciendo en un ambiente propicio de paz?
La respuesta a estas preguntas, nos dirán si estamos avanzando o no por el camino correcto. Nos dirán también si los abogados estamos o no cumpliendo nuestra misión.
Este 12 de julio, día del abogado, vale la pena reflexionarlo nuevamente.