Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido un fallo el día jueves 24 de Mayo obre que ninguna persona tiene derecho a revisar el correo electrónico o cuentas de comunicación personales ajenas sin previa autorización, aunque sea familiar del afectado.
“Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena”.
Por lo que ninguna persona, ni tu pareja, puede revisar tu WhatsApp, redes sociales o correo electrónico sin tu autorización.
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 🔗 https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst
— Suprema Corte (@SCJN) 23 de mayo de 2019
Este fallo se dio después del análisis del caso donde un hombre imprimió más de 300 hojas de correo electrónico para comprobar el adulterio de su esposa y así obtener la custodia de sus hijos